¿Se pueden manipular las elecciones catalanas del 21-D?
- Adrià Huertas Vidal (@adriahuertas19)
- 5 nov 2017
- 4 Min. de lectura

Las elecciones autonómicas en Catalunya del 21-D son una cita muy importante no solo para el devenir de la política catalana sino también para la española. Por eso, los bulos sobre la posible manipulación de los resultados electorales o de la alteración del censo están a la orden del día. En este artículo intentaremos clarificarlo a partir de tres frentes: explicar cuál es la metodología de recuento de votos y hasta qué punto es vulnerable a una manipulación, cómo interviene la empresa Indra encargada del escrutinio y cómo se consigue el censo definitivo. ¡Vamos allá!
¿Cómo se cuentan los votos en el escrutinio?
Desde una óptica general, el recuento de votos en España es muy descentralizado y pasa por muchas manos, por lo que es más difícil que se produzca una manipulación. Además, el escrutinio de cada mesa en la que votamos se hace bajo la mirada de interventores, apoderados de los partidos y, si la administración lo requiere, también de observadores internacionales. Si en el recuento se produce alguna irregularidad, tanto los interventores como los apoderados de los partidos pueden manifestar sus dudas, que resolverlas por mayoría o si hace falta se volver a contar.
Después es necesario diferenciar entre el recuento electrónico o provisional y el oficial o definitivo. El primero se hace el mismo día de las elecciones. Se envían los resultados a la empresa Indra que inserta los votos contados en un filtro que los transforma en escaños siguiendo la Ley d'Hondt, para que los ciudadanos podamos conocer los resultados esa misma noche. De momento, aunque se dan por hecho, los resultados electorales del mismo día de los comicios solo son provisionales, por lo que no tendría ningún sentido manipularlos. El segundo procedimiento en el recuento de votos se produce tres días después de la celebración de los comicios. Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), la Junta Electoral hace un recuento general. En el día de las elecciones, una vez se han contado los votos, cada mesa hace tantas copias del acta del escrutinio como interventores y apoderados lo soliciten. El acta original, junto a una copia, se colocan en un sobre cerrado y precintado que el presidente y el vocal de la mesa se encargarán de llevar al juzgado de primera instancia de cada demarcación. El mismo juzgado tendrá que devolverlo a la Junta Electoral antes de que pasen diez horas. Después es la Junta Electoral quien, cuando ha recibido todas las actas de las mesas electorales, abre uno a uno cada sobre, la mayoría de las veces ante la mirada de apoderados de partidos que ya tienen todas las actas del país y pueden contrastar los resultados.
Aun así, puede haber cambios entre el escrutinio provisional -el electrónico que vemos en televisión el mismo día de las elecciones- y el definitivo -el que se produce tres días después de los comicios-. Pero si hay alguna variación en la conversión de votos a escaños se debe a que en el recuento definitivo se escruta también el Censo de Residentes Ausentes (CERA).
¿Quién es Indra?
Es la empresa encargada de centralizar los datos de los resultados de forma electrónica para ofrecer los resultados la misma noche electoral. Por lo tanto, esta empresa solo interfiere en el proceso de recuento para el resultado provisional. En el definitivo, como ya hemos explicado, no interviene puesto que se hace todo de forma manual y bajo supervisión.
No obstante, es cierto que está empresa ha estado en el epicentro de los bulos. El último justificado por las acusaciones que la empresa recibió de haber financiado, presuntamente, de manera ilegal la caja B del PP de Madrid (600.000 euros) durante el mandato de Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid.

¿Se puede alterar el censo?
Otros de los bulos es la posible alteración del censo electoral en Catalunya. El origen se remonta al mismo día que el presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy, convocó las elecciones, la página de Facebook 'Orgullo español' hizo un llamamiento a alterar el censo. "Si tenéis amigos o familiares en Catalunya, empadrónate para poder votar el 21 de diciembre", decía el mensaje.
Pero lo cierto es que el llamamiento sirvió de poco puesto que el censo electoral se cerró el 1 de agosto. Según el artículo 39.1 de la LOREG el censo de cada elección "se cerrará el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria". Según ha publicado la Oficina del Censo Electoral, en las elecciones del 21-D podrán votar un total de 5.553.983 personas, de las cuales 5.329.139 residen en Catalunya y 224.844 lo hacen en el extranjero.
¿Pero es cierto que ha aumentado el censo?
Sí, pero no tiene nada que ver con el bulo. El número de ciudadanos con derecho a voto en Catalunya ha aumentado en 34.207 personas respecto a las elecciones españolas de 2016. Si lo comparamos con las últimas elecciones autonómicas de 2015, ahora podrán votar 43.130 personas más. Respecto al censo que se utilizó para el referéndum del 1 de octubre, la diferencia es mayor, 240.419 personas más. Pero hay que tener en cuenta, que las personas que residían en el extranjero no aparecían en el censo si no se registraban expresamente, lo que hacía que el censo inicial fuera inferior, concretamente de 5.313.564 personas.
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